Declaración de la Renta
Renta 2026: fechas, quién debe declarar y deducciones en Madrid.
La Renta 2026 es la declaración de lo que ganes y gastes durante 2026, y se presenta en la primavera de 2027. Aquí tienes lo que ya se sabe con fuente oficial, lo que todavía no se ha publicado y lo que te conviene hacer antes del 31 de diciembre para que la declaración te salga mejor.
Actualizado en noviembre de 2026

La Renta 2026 recoge los ingresos y gastos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026 y se presentará en la campaña de 2027. Hacienda aún no ha publicado las fechas: en la campaña anterior fueron del 8 de abril al 30 de junio. Están obligados quienes superen 22.000 € de rendimientos del trabajo con un pagador (15.876 € si el segundo pagador supera 1.500 €) y todos los autónomos de alta en el RETA. Como novedad ya aprobada, quien tenga rendimientos del trabajo de hasta 17.094 € podrá deducir hasta 590,89 €.
Qué es
Renta 2026 no es lo mismo que campaña de 2026
Es una confusión frecuente. La Renta 2026 es la declaración del IRPF del ejercicio 2026: todo lo que cobres, pagues y deduzcas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Se presenta después, en la campaña de la primavera de 2027.
La campaña que se celebró en la primavera de 2026 era la de la Renta 2025. Si aquella declaración te quedó pendiente, no esperes a la siguiente: se puede presentar fuera de plazo con un recargo reducido, y te lo explicamos en cómo presentar una declaración atrasada.
Fechas
Cuándo se presenta la Renta 2026
Hacienda aprueba el modelo y fija los plazos cada primavera, por lo que las fechas de la Renta 2026 todavía no están publicadas. Las añadiremos aquí en cuanto salgan. Como referencia, así fue la última campaña, según la Agencia Tributaria y su nota de prensa de la campaña:
| Trámite | Última campaña (Renta 2025) |
|---|---|
| Por internet | 8 abr – 30 jun 2026 |
| Domiciliando el pago | Hasta el 25 jun 2026 |
| Por teléfono («Le Llamamos») | Desde el 6 may 2026 |
| En oficinas | 1 – 30 jun 2026 |
| 2.º plazo si fraccionas | Hasta el 5 nov 2026 |
Si te sale a devolver, presentar pronto suele adelantar el cobro: en la última campaña la Agencia Tributaria empezó a pagar devoluciones en 48 horas.
Obligados
Quién tiene que presentar la declaración
Si trabajas por cuenta ajena o cobras una pensión
Estás obligado si tus rendimientos del trabajo superan 22.000 € al año con un solo pagador. El mismo límite se aplica con varios pagadores si el segundo y los siguientes no suman más de 1.500 €. Si suman más, si cobras una pensión compensatoria o si tu pagador no está obligado a retener, el límite baja a 15.876 €.
Si tienes ahorros, inversiones o alquileres
Los rendimientos del capital y las ganancias con retención obligan a declarar a partir de 1.600 € al año. Salvo que estés de alta como autónomo (en ese caso declaras siempre), no estás obligado si tus rentas no superan en conjunto 1.000 € al año y tus pérdidas patrimoniales son inferiores a 500 €.
Si eres autónomo
Desde 2023, todo autónomo de alta en el RETA está obligado a declarar, gane lo que gane. Los pagos trimestrales del modelo 130 se descuentan después en la declaración. Lo explicamos paso a paso en la Renta del autónomo.
De dónde salen estos límites
Son los que publica la Agencia Tributaria en el Manual práctico de Renta 2025. Salvo cambio legal, se aplicarán también a la Renta 2026; lo confirmaremos cuando salga el manual del nuevo ejercicio. Aunque no estés obligado, te puede interesar declarar si te sale a devolver.
Novedad 2026
Lo que ya sabemos que cambia: la deducción de 590,89 €
En la Renta 2025 se estrenó una deducción para quien cobra poco por su trabajo: hasta 340 € al año. Para el ejercicio 2026 se ha ampliado, porque subió el salario mínimo:
- Con rendimientos íntegros del trabajo de hasta 17.094 € al año, la deducción es de 590,89 €.
- Entre 17.094 € y 20.048,45 €, va bajando: 590,89 € menos el 20 % de lo que superes 17.094 €.
- Tus otras rentas, sin contar las exentas, no pueden pasar de 6.500 €.
Lo aprobó el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, convalidado por el Congreso el 18 de marzo de 2026. Si cobras el salario mínimo, esta deducción es la que hace que tu IRPF salga a cero: comprueba que está aplicada cuando revises el borrador.
Antes del 31 de diciembre
Lo que todavía puedes hacer en 2026
Aportar a un plan de pensiones
Las aportaciones reducen la base imponible hasta 1.500 € al año, con el tope del 30 % de tus rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Los autónomos pueden sumar hasta 4.250 € más en planes de empleo simplificados para autónomos; el incremento es único aunque tengas varios planes. Fuente: Agencia Tributaria.
Hacer donativos a entidades acogidas a la Ley 49/2002
Desgravan el 80 % de los primeros 250 € y el 40 % del resto, o el 45 % si llevas al menos tres años donando a la misma entidad una cantidad igual o mayor. Fuente: Agencia Tributaria.
Si eres autónomo, cerrar bien el año
Revisa que todos los gastos de 2026 tengan factura y estén registrados antes del cuarto trimestre. Lo que no conste como gasto deducible no reducirá tu rendimiento neto. Tienes la lista en gastos deducibles del autónomo.
Guardar los justificantes de las deducciones
Alquiler, gastos educativos, cuidado de hijos o donativos: si no puedes justificarlos, no podrás aplicarlos. En el alquiler de Madrid, por ejemplo, se exige acreditar que la fianza está depositada.
Comunidad de Madrid
Deducciones autonómicas que más se aplican en Madrid
Además de las estatales, la Comunidad de Madrid tiene sus propias deducciones. Estas son las que más se usan, con los importes vigentes en la última declaración según la Comunidad de Madrid:
| Deducción | Importe y requisito principal |
|---|---|
| Alquiler de vivienda habitual | 30 %, hasta 1.237,20 € Menos de 40 años, alquiler mayor del 20 % de la base, base hasta 26.414,22 € y fianza depositada |
| Nacimiento o adopción | 721,70 € por hijo, el año del nacimiento y los dos siguientes Límite de renta de la unidad familiar |
| Gastos educativos | 15 % de escolaridad e idiomas; 5 % de uniforme Límites por hijo y de renta |
| Cuidado de ascendientes | 515,50 € por ascendiente Mayor de 65 años o con discapacidad |
| Familia numerosa | 50 % de la cuota autonómica (100 % la especial) Título de familia numerosa y límite de renta |
| Autoempleo de jóvenes | 1.031 € Menores de 35 años en su primera alta |
Cada una tiene más condiciones de las que caben en una tabla. La Comunidad puede cambiar importes para 2026; lo revisaremos con el manual de deducciones autonómicas del nuevo ejercicio. Tienes todos los requisitos en deducciones de la Comunidad de Madrid en la Renta.
Cómo se presenta
El borrador es el punto de partida, no la declaración
La Agencia Tributaria prepara un borrador con los datos que tiene. En la última campaña amplió Renta Directa, la presentación instantánea, a unos nueve millones de contribuyentes con declaraciones sencillas, y añadió avisos sobre deducciones autonómicas que podían faltar.
Pero el borrador solo incluye lo que Hacienda conoce. Lo que no sabe —el alquiler que pagas, los gastos de tu actividad, una deducción autonómica, el cambio de vivienda— lo tienes que añadir tú. Si lo confirmas sin revisarlo, puedes pagar de más o tener que corregir la declaración después. Tienes la lista completa en qué revisar en el borrador de la Renta.
En FISAVAL revisamos el borrador contigo, comprobamos las deducciones que te corresponden y te explicamos el resultado antes de presentar. Puedes ver cómo trabajamos en la declaración de la Renta en Madrid.
Documentos
Qué tener preparado para la Renta 2026
- DNI o NIE y, si tienes cónyuge o hijos, sus datos y los del título de familia numerosa.
- Certificados de retenciones de tus pagadores (empresa, SEPE, pensiones).
- Contrato de alquiler, recibos y justificante de depósito de la fianza.
- Recibos de la hipoteca de la vivienda habitual, si la compraste antes de 2013.
- Certificados de aportaciones a planes de pensiones y de donativos.
- Facturas de gastos educativos y de guardería, si vas a aplicar esas deducciones.
- Si eres autónomo: libros de ingresos y gastos y los modelos 130 o 131 del año.
- Escrituras o justificantes si has vendido o comprado una vivienda o acciones.
Preguntas
Preguntas frecuentes sobre la Renta 2026
¿Cuándo empieza la Renta 2026?
Hacienda todavía no ha publicado las fechas. Las fija cada año en primavera con la orden que aprueba el modelo 100. En la última campaña, la de la Renta 2025, se pudo presentar del 8 de abril al 30 de junio de 2026, y hasta el 25 de junio si se domiciliaba el pago.
¿La Renta 2026 se presenta en 2026 o en 2027?
En 2027. La Renta 2026 es la declaración del ejercicio 2026, es decir, de lo que ganas y gastas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Se presenta en la campaña de la primavera siguiente.
¿Estoy obligado a declarar si cobro menos de 22.000 €?
Depende de cuántos pagadores tengas. Con un solo pagador, el límite de rendimientos del trabajo es de 22.000 € al año. Si el segundo y siguientes pagadores suman más de 1.500 €, el límite baja a 15.876 €. Son los límites que publica la Agencia Tributaria para el último ejercicio; aunque no estés obligado, te puede interesar declarar si te sale a devolver. Si eres autónomo, declaras siempre.
¿Los autónomos tienen que declarar siempre?
Sí. Desde 2023, quien está de alta en el régimen de autónomos (RETA) está obligado a presentar la declaración sea cual sea su rendimiento.
¿Qué deducción nueva hay en la Renta 2026?
Para el ejercicio 2026 se amplía la deducción por rendimientos del trabajo: 590,89 € para quien tenga rendimientos íntegros del trabajo de hasta 17.094 € al año, y menos hasta desaparecer en 20.048,45 €. La aprobó el Real Decreto-ley 5/2026.
¿Aún puedo presentar la Renta de la campaña de 2026 (ejercicio 2025)?
El plazo ordinario terminó el 30 de junio de 2026. Puedes presentarla fuera de plazo de forma voluntaria: se aplica un recargo, pero no una sanción.
¿Se puede pagar la Renta en dos plazos?
Sí, si sale a pagar. En la última campaña se pudo fraccionar sin intereses ni recargo: un 60 % al presentar y el 40 % restante hasta el 5 de noviembre.
¿Cuánto cuesta que FISAVAL me haga la Renta?
Para casos básicos, desde 60,50 € IVA incluido. Si tu caso tiene más elementos (alquileres, actividad económica, ventas de inmuebles…), te decimos el precio antes de empezar.
De dónde salen los datos
- Agencia Tributaria. Manual práctico de Renta 2025: obligación de declarar.
- Agencia Tributaria. Inicio de la campaña de Renta y Patrimonio 2025 (8 de abril de 2026).
- Agencia Tributaria. Nota de prensa sobre Renta Directa (8 de abril de 2026).
- Agencia Tributaria. Límites de aportaciones a sistemas de previsión social.
- Agencia Tributaria. Porcentajes de deducción por donativos.
- Comunidad de Madrid. Deducciones autonómicas en el IRPF.
- Agencia Tributaria. Deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid.
¿Quieres que tu Renta 2026 salga bien a la primera?
Antes del 31 de diciembre todavía puedes hacer cosas que cuentan en tu Renta 2026. Cuéntanos tu caso: casos básicos desde 60,50 € IVA incluido y, si el tuyo tiene más elementos, te decimos el precio antes de empezar. 5,0 en Google con 161 reseñas.