Herencias y sucesiones · Madrid

Gestoría de herencias en Madrid

Revisamos la documentación, los impuestos y los trámites de escrituras o registros que requiera tu caso.

Primer contacto5 estrellas en Google · Plazos, impuestos y documentación situados antes de dar el siguiente paso.

Qué podemos revisar en una herencia

Antes de iniciar trámites, situamos la documentación disponible, las obligaciones fiscales y las gestiones documentales que pueden corresponder.

Documentación de partida

Ordenamos la información disponible e identificamos qué falta para avanzar.

Impuestos

Preparamos la parte tributaria que corresponda al caso y a la administración competente.

Escrituras y registros

Coordinamos las gestiones documentales incluidas en el servicio contratado.

Si hay plazo, conviene situar el expediente cuanto antes

La Comunidad de Madrid informa de un plazo general de seis meses desde el fallecimiento para el impuesto de sucesiones. También contempla una posible prórroga solicitada dentro de los cinco primeros meses.

Así organizamos la gestión

No necesitas llegar con todo resuelto: una primera revisión permite separar lo urgente, lo fiscal y lo documental.

01

Ubicamos el caso

Revisamos fechas, personas interesadas, bienes y documentación disponible.

02

Definimos el alcance

Separamos la parte fiscal, documental, notarial o registral que requiere atención.

03

Preparamos y coordinamos

FISAVAL realiza las gestiones incluidas y comunica si hace falta una decisión o una subsanación.

Cuéntanos en qué punto está la herencia

Indica la fecha relevante, qué documentación tienes y cuál es tu principal duda. No incluyas datos sensibles innecesarios en el primer mensaje.

Tus datos se tratarán conforme a la política de privacidad.

Antes de tramitar

¿Qué puede gestionar una gestoría de herencias?

Ayuda a ordenar la documentación y gestiona el alcance fiscal, notarial o registral que se haya contratado.

¿Cuál es el plazo del impuesto de sucesiones en Madrid?

La Comunidad de Madrid publica un plazo general de seis meses y una posible prórroga solicitada dentro de los cinco primeros meses.

¿Podéis ocuparos solo de los impuestos?

El alcance se define tras revisar el caso. Puede incluir impuestos, escrituras y registros.

¿Qué documentación llevo a la primera consulta?

La fecha relevante, la documentación sucesoria disponible, la identificación de bienes y comunicaciones ya recibidas.